Abogados especialistas en Compliance Penal

En un entorno cada vez más regulado y exigente, las empresas deben asumir un compromiso firme con la legalidad. El Compliance Penal se ha convertido en una herramienta esencial para prevenir delitos dentro de la organización y evitar graves consecuencias legales, económicas y reputacionales.

En RS ABOGADOS contamos con un área especializada en Compliance Penal, dirigida por Fuensanta Gimeno, premiada en la VIII Edición de los Premios Nacionales de Ley en esta categoría. Nuestra experiencia y conocimiento nos permiten implementar sistemas de cumplimiento eficaces, adaptados a la realidad de cada empresa.

¿Puede ser una empresa penalmente responsable?

Sí. Desde la reforma del Código Penal, las personas jurídicas pueden ser condenadas penalmente por delitos cometidos por sus administradores, directivos o empleados, incluso sin el conocimiento de la alta dirección.

Más de 36 tipos delictivos pueden afectar directamente a la empresa. Algunos de los más frecuentes son:

  • Estafa
  • Blanqueo de capitales
  • Delitos fiscales y contra la Seguridad Social
  • Delitos informáticos y contra la ciberseguridad
  • Delitos contra el medio ambiente
  • Corrupción, cohecho y tráfico de influencias
  • Acoso sexual y trato degradante
  • Revelación ilícita de secretos empresariales
  • Delitos contra la salud pública y los consumidores
  • Propiedad industrial e intelectual

¿Cómo puede evitarse la responsabilidad penal?

Mediante la implantación de un sistema de gestión de Compliance Penal eficaz y documentado. Este sistema permite a la empresa demostrar que ha adoptado todas las medidas razonables para prevenir delitos.

Requisitos esenciales del sistema de Compliance Penal

Para que un programa de cumplimiento penal sea eficaz y pueda eximir o atenuar la responsabilidad penal de la empresa, debe estar debidamente diseñado, implantado y supervisado. La legislación exige que el sistema sea real, operativo y adaptado a la actividad de la organización, no un simple documento formal.

A continuación, enumeramos los elementos clave que debe contener todo sistema de gestión de Compliance Penal:

  • Identificación de actividades y conductas de riesgo
  • Elaboración de políticas corporativas y código ético
  • Creación de un Comité de Cumplimiento Normativo
  • Canales internos de denuncia
  • Formación continuada en compliance
  • Protocolo de actuación ante delitos
  • Régimen disciplinario claro
  • Seguimiento, evaluación y mejora continua

Ventajas del Compliance Penal

Para tu empresa

  • Reducción del riesgo penal y económico
  • Mejora del control interno
  • Aumento de la confianza entre empleados, inversores y clientes
  • Posibilidad de atenuar o excluir la responsabilidad penal en caso de delito

Para tus clientes

  • Mayor garantía de cumplimiento normativo en la cadena de valor
  • Disminución del riesgo reputacional por asociación
  • Identificación de proveedores alineados con criterios éticos.
  • Mejores garantías al operar en mercados internacionales.

Para el mercado

  • Refuerzo de la transparencia empresarial
  • Ventaja competitiva en licitaciones públicas y relaciones comerciales
  • Alineación con estándares internacionales (ISO 37301, UNE 19601)
  • Impulso a la competitividad y sostenibilidad empresarial

¿Por qué elegirnos?

  • Equipo especializado en Derecho Penal Económico y Compliance.
  • Implantación de sistemas alineados con normativa nacional e internacional.
  • Enfoque práctico y adaptado al tamaño y sector de cada organización.
  • Reconocimiento profesional: Premio Nacional de Ley a Fuensanta Gimeno (2025, Hotel Palace, Madrid).

Protege tu empresa hoy

Evita sanciones, daños reputacionales y responsabilidades penales. Implantar un sistema de Compliance Penal no es solo una obligación: es una inversión en la sostenibilidad y el futuro de tu negocio.

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Compliance Penal

Implementación del Compliance Penal: blindaje legal para tu empresa

En un entorno empresarial cada vez más complejo, la prevención de riesgos legales no es solo una buena práctica: es una necesidad. En este contexto, la implementación de un Sistema de Compliance Penal se convierte en una herramienta clave para garantizar el cumplimiento normativo, proteger la reputación corporativa y, sobre todo, evitar la responsabilidad penal de la empresa.

En RS Abogados queremos informarte sobre una cuestión crucial que afecta directamente a tu organización: ¿Sabías que tu empresa puede ser penalmente responsable por delitos cometidos por sus empleados, directivos o administradores? Esta posibilidad, introducida en el ordenamiento jurídico español desde 2010, ha ganado peso con sucesivas reformas legales.

Tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022, el catálogo de delitos empresariales se ha ampliado. Incluye más de 30 tipos penales, desde la estafa o el fraude fiscal hasta los delitos informáticos, contra el medio ambiente o la propiedad intelectual. Por tanto, la necesidad de implantar un sistema de compliance penal ya no es una opción preventiva, sino una medida estratégica de supervivencia.

En otro post del blog hablábamos de la importancia del Compliance para las empresas y su papel clave en la cultura corporativa. Hoy nos centramos en un aspecto fundamental: cómo implementar de forma efectiva un sistema de Compliance Penal en tu organización.

¿Cuándo es obligatorio implementar un sistema de compliance penal?

Aunque la ley no impone de forma expresa la obligación de contar con un sistema de compliance penal, la existencia de este sistema puede eximir o atenuar la responsabilidad penal de la persona jurídica (art. 31 bis del Código Penal).

Esto implica que cualquier empresa, sin importar su tamaño, debería plantearse seriamente su implementación. Sin embargo, resulta especialmente recomendable para:

  • Empresas que contratan con la Administración Pública.
  • Organizaciones con estructuras societarias complejas.
  • Empresas que manejan datos personales, fondos públicos o sensibles.
  • Compañías en sectores regulados: energía, sanidad, tecnología, transporte, etc.

No se trata de una simple formalidad: la ausencia de un sistema efectivo puede dar lugar a consecuencias devastadoras.

Consecuencias legales de no implementar compliance penal

Cuando una empresa incurre en alguno de los delitos previstos en el Código Penal y no puede demostrar que tenía implantado un sistema de cumplimiento normativo eficaz, se expone a:

  1. Disolución de la persona jurídica
  2. Suspensión temporal de actividades
  3. Clausura de locales o establecimientos
  4. Inhabilitación para contratar con la Administración o recibir subvenciones
  5. Multas de cuantías significativas
  6. Intervención judicial de la empresa
  7. Grave daño reputacional

Estas consecuencias son suficientemente serias como para convertir la implementación del compliance penal en una prioridad para cualquier empresa comprometida con la continuidad de su negocio.

¿En qué consiste la implementación de un sistema de compliance penal?

El proceso de implementación del compliance penal implica el diseño y aplicación de un conjunto de medidas preventivas y de control orientadas a evitar la comisión de delitos dentro de la organización.

Este sistema debe estar adaptado a la actividad, estructura y riesgos específicos de cada empresa. No existe un modelo único, pero sí unas fases clave:

  1. Análisis previo y mapa de riesgos penales.
  2. Diseño de protocolos, códigos de conducta y procedimientos internos.
  3. Nombramiento del Compliance Officer o órgano de control.
  4. Implantación de canales de denuncia seguros y confidenciales.
  5. Formación específica a empleados y directivos.
  6. Sistema de auditoría y revisión periódica.

Este proceso debe basarse en los estándares de la norma UNE 19601, que proporciona un marco reconocido para el diseño de un sistema de gestión de compliance penal eficaz.

Diferencia entre compliance penal y auditoría interna

Es común confundir ambos conceptos, pero cumplen funciones distintas:

  • El compliance penal es un sistema global de prevención del delito. Implica políticas, controles, formación y supervisión permanente.
  • La auditoría interna evalúa periódicamente si esos controles se cumplen, identificando desviaciones o áreas de mejora.

Mientras que el compliance actúa antes del delito, la auditoría verifica el cumplimiento posterior. Ambas funciones se complementan para construir un escudo legal efectivo.

Normativa y estándares en materia de compliance penal

La referencia normativa principal en España es el Código Penal (art. 31 bis). Pero existen también guías, estándares y normas internacionales que orientan su implementación:

  • UNE 19601: Estándar español de sistemas de gestión de compliance penal.
  • ISO 37301: Norma internacional sobre sistemas de compliance general.
  • ISO 37001: Especializada en prevención de soborno.
  • Directiva UE sobre protección de denunciantes (Whistleblowers).

Adoptar estas normas, además de proteger a la empresa, mejora su reputación corporativa y facilita el acceso a licitaciones y contratos con entidades públicas.

Dudas frecuentes sobre la implementación del compliance penal

¿Cuánto tiempo lleva implementarlo?

Depende del tamaño y complejidad de la empresa. Puede variar entre 2 y 6 meses en promedio, desde el análisis inicial hasta la formación final.

¿Cuánto cuesta?

El coste también es variable, pero debe entenderse como una inversión en protección legal y reputacional, no como un gasto.

¿Necesito un equipo interno?

No necesariamente. Existen despachos expertos en compliance, como RS Abogados, que ofrecen servicios externos de consultoría, formación y auditoría de compliance. En este sentido, lo más recomendable es externalizar el compliance.

¿Es válido un modelo genérico?

No. Un sistema eficaz debe ser personalizado, basado en el mapa de riesgos específico de la empresa.

Casos reales de responsabilidad penal empresarial

Numerosos medios han recogido casos de empresas investigadas o sancionadas por delitos cometidos dentro de su estructura. Algunos de los más frecuentes implican:

  • Blanqueo de capitales en el ámbito financiero.
  • Corrupción entre particulares en adjudicaciones o contratos.
  • Delitos fiscales o contra la Seguridad Social.
  • Revelación de secretos o ciberataques.

En todos estos supuestos, contar con un sistema de compliance penal habría ayudado a detectar, prevenir o mitigar el daño legal y reputacional.

Un equipo experto al servicio de tu empresa: RS Abogados

En RS Abogados contamos con una de las mayores expertas en esta materia: Fuensanta Gimeno, galardonada en la VIII Edición de los Premios Nacionales de Ley en la categoría de Compliance Penal.

Fuensanta lidera nuestra área de consultoría y auditoría de compliance, ofreciendo soluciones personalizadas a empresas que quieren hacer las cosas bien desde el principio. Su experiencia y prestigio garantizan un enfoque técnico, actualizado y eficaz.

Proteger tu empresa está en tus manos

En un mundo empresarial cada vez más exigente y fiscalizado, el cumplimiento normativo ya no es solo una opción responsable: es una obligación estratégica.

La implementación de un sistema de compliance penal te permite prevenir delitos, evitar sanciones, reforzar tu reputación y aumentar tu competitividad.

Protege tu negocio hoy para no lamentarlo mañana.

Contacta con nuestro equipo para una primera evaluación gratuita y sin compromiso.

Compliance Penal abogados expertos en Elche

Nueva obligación legal para empresas: A.A.I y registro de responsables de sistemas internos de información

El 2025 marca un antes y un después en el cumplimiento normativo empresarial en España. El 1 de septiembre entró en funcionamiento la Autoridad Independiente de Protección al Informante (A.A.I.), creada por la Ley 2/2023 e inspirada en la Directiva (UE) 2019/1937. Su finalidad es clara: garantizar la protección de aquellas personas que denuncien infracciones normativas o casos de corrupción.

Este cambio legislativo refuerza una obligación legal clave para las empresas con 50 o más empleados: nombrar e inscribir a un Responsable del Sistema Interno de Información en el registro habilitado por la Agencia Valenciana Antifraude, antes del 1 de noviembre de 2025.

El incumplimiento no es una opción. Las sanciones impuestas por la A.A.I. pueden alcanzar hasta 1 millón de euros, lo que convierte a esta obligación en un tema prioritario en la agenda de los compliance officers y responsables de gestión empresarial.

En este artículo te contamos qué implica esta nueva obligación, a quién afecta, cuáles son las sanciones y cómo puedes preparar a tu empresa para afrontarla con garantías.

¿Qué es la Autoridad Independiente de Protección al Informante (A.A.I.)?

La A.A.I. es un organismo estatal creado por la Ley 2/2023, que actuará con plena autonomía e independencia. Su papel es fundamental en la lucha contra la corrupción y en la protección de los trabajadores o colaboradores que denuncien irregularidades.

Entre sus funciones principales destacan:

  • Supervisar el correcto funcionamiento de los canales internos de denuncia. 
  • Garantizar la protección y confidencialidad de los informantes. 
  • Coordinarse con otros organismos de supervisión. 
  • Imponer sanciones a las organizaciones que incumplan sus obligaciones legales. 

En sus primeros meses de funcionamiento (septiembre a noviembre de 2025), contará con el apoyo transitorio del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en materia de recursos humanos, contratación e infraestructura.

¿A quién afecta esta nueva obligación legal?

La obligación de nombrar un Responsable del Sistema Interno de Información afecta a:

  • Empresas con 50 o más empleados. 
  • Entidades jurídicas privadas que entren dentro del ámbito de aplicación de la Ley 2/2023. 
  • Administraciones públicas y organismos que deben garantizar la existencia de un canal de denuncias interno. 

Para las empresas más pequeñas (menos de 50 empleados), la obligación no es inmediata, pero es recomendable anticiparse, especialmente si trabajan con contratos públicos o en sectores regulados.

¿Qué implica para las empresas y los compliance officers?

Con la entrada en vigor de la A.A.I., se refuerzan las exigencias de los programas de compliance en España:

  • Obligación de contar con canales internos de denuncia eficaces.
    No basta con un buzón genérico: debe existir un sistema de gestión con garantías de confidencialidad, seguridad y trazabilidad. 
  • Nombramiento e inscripción del responsable.
    El Responsable del Sistema Interno de Información debe registrarse oficialmente, lo que supone mayor control administrativo. 
  • Mayor supervisión del tratamiento de denuncias.
    Se exigirá documentación detallada de cada caso, con plazos y protocolos claros. 
  • Seguridad jurídica y confianza.
    El cumplimiento fortalece la reputación corporativa y protege frente a riesgos legales y sancionadores. 

En definitiva, hablamos de un cambio que impacta directamente en el día a día de los compliance officers y en la estrategia de gestión de riesgos de las empresas.

Sanciones por incumplimiento

Las consecuencias económicas de no cumplir con esta obligación legal son severas:

  • Infracciones leves: hasta 100.000 € de multa. 
  • Infracciones graves: de 100.001 € a 600.000 €. 
  • Infracciones muy graves: hasta 1.000.000 €. 

Entre las conductas sancionables encontramos:

  • No tener implementado un canal ético obligatorio. 
  • No nombrar ni registrar al Responsable del Sistema Interno de Información. 
  • No colaborar con la Autoridad Independiente de Protección al Informante. 

A estas sanciones económicas hay que añadir el daño reputacional que puede derivarse de aparecer como una empresa que no cumple con los estándares legales de integridad y transparencia.

El papel de la Comunidad Valenciana: un registro pionero

Antes de la entrada en funcionamiento de la A.A.I., la Comunidad Valenciana ya había dado un paso adelante con su propio Registro de Canales de Denuncia, gestionado por la Agencia Valenciana Antifraude.

Este registro ha servido como referencia a nivel nacional y ahora se consolida en un marco con alcance estatal. Las empresas valencianas con experiencia en este registro tienen cierta ventaja en la transición, pero igualmente deberán adaptarse a las nuevas exigencias de la A.A.I.

Beneficios de cumplir con la ley de protección del informante

Más allá de evitar sanciones, implementar correctamente un programa de compliance y un canal interno de denuncias aporta ventajas importantes a la empresa:

  • Refuerza la cultura ética y la transparencia. 
  • Reduce riesgos de fraude interno y corrupción. 
  • Genera confianza entre empleados, clientes y socios. 
  • Mejora la reputación corporativa frente a terceros y administraciones públicas. 
  • Supone una ventaja competitiva en procesos de licitación y contratación pública. 

En un entorno donde la integridad corporativa es un valor cada vez más demandado, cumplir con esta normativa no es solo una obligación: es una oportunidad de fortalecer la empresa.

¿Está tu empresa preparada para noviembre de 2025?

La fecha clave es clara: 1 de noviembre de 2025. Para entonces, las empresas con 50 o más empleados deberán haber nombrado e inscrito a su Responsable del Sistema Interno de Información.

El proceso puede parecer complejo, pero con el asesoramiento adecuado es posible implantar un sistema que cumpla con todos los requisitos normativos y, al mismo tiempo, aporte valor a la organización.

En RS Abogados ponemos a tu disposición herramientas de gestión adaptadas a la normativa, garantizando la confidencialidad, trazabilidad y eficacia del canal interno de información.

La puesta en marcha de la Autoridad Independiente de Protección al Informante y la obligación de nombrar e inscribir al responsable del Sistema Interno de Información supone un cambio trascendental en el compliance empresarial en España.

Las sanciones por incumplimiento son muy elevadas, pero más allá del riesgo económico, las empresas deben ver esta obligación como una oportunidad para reforzar su cultura ética y de transparencia.

En RS Abogados contamos con un área especializada en compliance dirigida por Fuensanta Gimeno, reconocida en la VIII Edición de los Premios Nacionales de Ley por su experiencia en compliance penal y corporativo. Nuestro equipo puede ayudarte a adaptar tu organización a esta nueva normativa, evitando riesgos y posicionándote como una empresa comprometida con la integridad.

¿Quieres asegurarte de que tu empresa cumple con la Ley 2/2023 antes de la fecha límite? Contacta con nosotros hoy y prepara a tu organización para esta nueva etapa.

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